Gremio Regional de Rectificadores de la Región de Murcia (REMUR)
Los pagos en efectivo se limitan a 1.000 euros si intervienen profesionales o empresas
13-07-2021

Los pagos en efectivo se limitan a 1.000 euros si intervienen profesionales o empresas

A partir de ahora, los pagos en efectivo se reducen de 1.500 a 1.000 euros en operaciones entre profesionales o empresarios, mientras que para particulares el límite es de 2.500 euros. Además, se reduce de 15.000 a 10.000 euros el límite para particulares con domicilio fiscal fuera de España.

A efectos del cálculo de las cuantías señaladas, indica FREMM, se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios.

Esta prohibición afecta a cualquier pago realizado por alguno de los siguientes medios:

  1. El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
  2. Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
  3. Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago al portador.

Estas limitaciones, que se publicaron en el BOE el 10 de julio, no resultarán aplicables a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito.

Serán sujetos infractores tanto las personas o entidades que paguen como las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo, respondiendo de forma solidaria. La sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del 25 por ciento de la base (1.000€ ó 10.000€).

Se contempla una reducción del 50% si se paga la multa voluntariamente y sin alegaciones.

Por otra parte, se exonera de responsabilidad a la parte que denuncie, en primer lugar, la operación dentro del plazo de 3 meses desde la fecha de pago.

Para cualquier aclaración, tiene a su disposición a la economista de FREMM, Mª José Aragón, a través del teléfono 968931502 o del email mjaragon@fremm.es.

 

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